viernes, 29 de noviembre de 2013

LOS DERECHOS HUMANOS EN 5º D

El jueves 28 de noviembre de 2013, vino a nuestra clase una amiga de Carmen nuestra profesora.
Esta amiga se llama Ángela y es de una organización de los Derechos Humanos.
Nos contó que su organización se agrupó por esta historia tan interesante:
Una vez unos estudiantes universitarios, brindaban en un descampado por la libertad. De repente pasó por allí la policía y se los llevo a la cárcel.

Para esto se formó Amnistía Internacional, para luchar contra los que no respetan los derechos humanos.
También hemos hecho distintos juegos para comprender los gustos de cada uno hemos hecho un juego que consistía en que te daban un derecho y a otro le daban un dibujo del derecho y había que encontrarlos.
Hemos visto un video sobre el 50 aniversario de la organización.



Hay 30 derechos:
1.- Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.

2.- Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.

3.- Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.

4.- Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.

5.- Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

6.- Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.

7.- Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley.

8.- Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.

9.- Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.

10.- Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.

11.- Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.

12.- Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.

13.- Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.

14.- Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.

15.- En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país.

16.- Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.

17.- Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.

18.- Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.

19.- Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.

20.- Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.

21.- Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.

22.- Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos.

23.- Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.

24.- Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.

25.- Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.

26.- Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.

27.- Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.

28.- Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.

29.- Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.

30.- Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración

ALEJANDRO PANTOJA  MOJO 5º D
28-11-13


miércoles, 20 de noviembre de 2013

La caja de los tesoros


"La caja de los tesoros" es una caja, donde la profesora Carmen ha ido metiendo cosas interesantes de sitios que ha ido.
Dentro hay muchas cosas como: una estrella de mar disecada, helechos en los que se ven las esporas, distintos tipos tipos de semillas, muchas conchas de distintas formas y colores, una caracola en la que se escucha el sonido del mar, una avispa y un escarabajo disecados etc ...
Me gusta mucho la caja, porque tiene muchas cosas interesantes y curiosas y espero que cada vez tenga más.
                                    Claudia Rodriguez Lara.





Los animales

José Antonio Franco creo esta presentación tan interesante

lunes, 18 de noviembre de 2013

Nuestro rincón de las experiencias

En clase tenemos un rincón donde llevamos cosas que nos ayudan a aprender  mejor. Tenemos dos plantas de patata que nos han demostrado como las plantas tienen la función de relación porque tienen empeño en inclinarse hacia la luz de la ventana. Hemos observado como el moho descomponía por completo un trozo de pan húmedo y notamos como debido a la fermentación desprendía un fuerte olor a alcohol. Es lo que ocurre con algunos alimentos que fermentan, así del mosto de uva se produce el vino que tiene alcohol. Hay un cráneo de zorro, hojas, erizos de castaño, la flor de una palmera macho, algunos fósiles y más cosas. También tenemos una "Caja de los tesoros" que os enseñaremos otro día.